Conductores no lo pueden creer: Agentes de tránsito están multando por llevar este artículo en el vehículo

Conductores en la Mira: Millonarias Multas por el Uso Indebido de Pantallas al Volante

La tecnología avanza a pasos agigantados y, con ella, la presencia de pantallas y dispositivos multimedia en el interior de los vehículos se ha vuelto cada vez más común. Sin embargo, lo que para muchos representa un elemento de confort o entretenimiento, para las autoridades de tránsito en Colombia es un foco de distracción que puede costar vidas. En este sentido, la imposición de multas a los conductores que utilizan pantallas, proyectores de imagen o dispositivos similares en la parte delantera del vehículo mientras este se encuentra en movimiento, se mantiene como una medida contundente para salvaguardar la seguridad vial.

La legislación colombiana es clara al respecto. El Código Nacional de Tránsito, en su artículo 131, establece las sanciones por la violación de las normas de tránsito. Específicamente, la infracción tipificada con el código C38 se refiere a: «Conducir un vehículo automotor que tenga sistemas de proyección de imágenes como televisores o pantallas, en la parte delantera del vehículo, mientras este se encuentre en movimiento.»

Esta infracción no es menor. De acuerdo con las disposiciones legales vigentes, la multa por incurrir en esta falta asciende a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV). Para el año 2025, y teniendo en cuenta el incremento anual del salario mínimo, esta cifra representa una suma considerable que impacta directamente el bolsillo de los infractores. Más allá del valor monetario, es crucial entender que esta sanción busca desincentivar una práctica de alto riesgo.

Las autoridades de tránsito en todo el territorio nacional han intensificado los controles y operativos para detectar este tipo de conductas. Agentes de la Policía de Tránsito y Transporte se mantienen vigilantes, no solo en las vías principales y autopistas, sino también en zonas urbanas, donde la distracción al volante puede tener consecuencias aún más graves debido a la densidad del tráfico y la presencia de peatones.

La razón detrás de esta normativa es evidente: la concentración al conducir es fundamental. Un breve segundo de distracción, provocado por la visualización de una pantalla, un video o cualquier tipo de imagen en movimiento, puede resultar en la pérdida de control del vehículo, una colisión o, en el peor de los escenarios, en la pérdida de vidas humanas. Estudios y estadísticas a nivel mundial demuestran que la distracción al volante es una de las principales causas de accidentes de tránsito, equiparable en peligrosidad al consumo de alcohol o al exceso de velocidad.

Es importante recordar a los conductores que las pantallas en la parte delantera de los vehículos están diseñadas para sistemas de navegación GPS, cámaras de reversa o información relevante para la conducción, y su uso debe ser estrictamente funcional y seguro. La visualización de películas, videos musicales, programas de televisión o cualquier otro contenido de entretenimiento mientras el vehículo está en marcha es una infracción grave que pone en riesgo la vida del conductor, sus acompañantes y los demás actores viales.

En un llamado a la conciencia y la responsabilidad, las autoridades hacen un llamado a los conductores a priorizar la seguridad vial por encima de cualquier distracción. La multa, aunque dolorosa para el bolsillo, es un recordatorio de que en la vía, la atención plena es el mejor seguro de vida.

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