El Juzgado Penal del Circuito de Bogotá ordenó el arresto del ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, por desacatar un fallo de la Corte Constitucional.
El Juzgado Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá impuso una sanción de tres días de arresto y una multa equivalente a tres salarios mínimos al ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, por incumplir una sentencia de tutela que ordenaba la suspensión de la comercialización de pesticidas con clorpirifós a nivel nacional.
La medida fue tomada debido a que el Ministerio de Salud no habría brindado un acompañamiento efectivo al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), encargado de ejecutar el retiro de los pesticidas con clorpirifós del mercado en cumplimiento de una orden de la Corte Constitucional emitida en 2022.
Según el fallo, aunque el ministerio realizó algunas comunicaciones, estas no evidencian un seguimiento continuo y adecuado para garantizar la implementación de las medidas.
El proceso se originó tras la sentencia T-343 de 2022, en la cual la Corte Constitucional dispuso que el ICA debía suspender la comercialización de esos pesticidas y transitar hacia su sustitución, con el acompañamiento del Ministerio de Salud. Sin embargo, informes recientes indicaron fallas en dicho acompañamiento, lo que motivó la apertura del incidente de desacato el pasado 5 de diciembre.
El juzgado archivó la solicitud de desacato contra el ICA, argumentando que esta entidad ha adoptado medidas para cumplir su parte de la sentencia. No obstante, subrayó la responsabilidad del Ministerio de Salud en el cumplimiento del fallo, enfatizando que, además de la sanción al ministro Jaramillo, persiste la obligación de garantizar la prohibición efectiva del uso del clorpirifós.
El juzgado también envió copia del proceso a la Fiscalía General de la Nación para que determine si el incumplimiento del ministro podría constituir un delito. Además, dejó abierta la posibilidad de nuevas sanciones si se determina que el fallo continúa sin ejecutarse de manera adecuada.
La respuesta del Ministerio de Salud
El Ministerio de Salud respondió al fallo aclarando que la providencia aún no está en firme, ya que debe surtir el grado de consulta ante el Tribunal Superior de Bogotá, conforme al Decreto Ley 2591 de 1991. Además, destacó que el cumplimiento de la Sentencia T-343 de 2022 corresponde al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), entidad competente en la regulación de productos agropecuarios.
En su comunicado, el ministerio afirmó que ha brindado apoyo al ICA, el cual cumplió con la orden judicial mediante la Resolución 6365 de junio de 2023. En este documento, el ICA implementó medidas como la suspensión inmediata de la comercialización de productos con clorpirifós y la eliminación definitiva del uso del pesticida en el país.
Finalmente, el Ministerio subrayó que no tiene competencia directa sobre el ICA, ya que dicha entidad no pertenece al sector salud. Asimismo, calificó de incongruente la decisión judicial, puesto que archivó el desacato contra el ICA pero mantuvo la sanción al ministerio. Por ello, aseguró que acudirá al grado de consulta para demostrar la improcedencia del fallo y ratificar que la orden ya ha sido cumplida.
Tomada de Cambio Colombia